Consideraciones de Derecho


consideraciones-de-derechosAlgunas sentencias han definido que

 

(i)  el juicio colectivo contra el maíz transgénico debe llevarse a cabo;
(ii) que la suspensión de permisos para liberación o siembra de maíz GM debe mantenerse en vigor:

 

 

TC 68/2014: La Demanda colectiva está sustentada en que:

“Las acciones colectivas no sólo son procedentes para reclamar la reparación de algún daño ya causado, sino que dichas acciones también proceden para prevenir la causación del daño…”

 

“Tratándose de una acción colectiva, el juez debe favorecer el debate del fondo del asunto ante la instancia judicial…”

“Corresponderá a los demandados ofrecer las pruebas para demostrar en el juicio que no han ocurrido los hechos ilícitos denunciados (presencia ilegal de OGM).”

 

 

RC 13/2015: La suspensión provisional de permisos para la liberación o siembra de transgénicos de maíz debe mantenerse porque:

 

«en casos en los que… exista riesgo o peligro grave de afectación a derechos humanos la tutela cautelar de derechos colectivos encuentra su justificación y materialización auténtica al establecer la necesidad de que, previamente a conceder la medida, el juzgador acuerde providencias judiciales para preservar tales derechos mientras se recaba la información necesaria para proveer lo conducente lo que no admite demora, pues desde la perspectiva judicial no sería conveniente ni prudente esperar la respuesta de las partes interesadas y las autoridades correspondientes, ya que en ese lapso o temporalidad podría producirse una afectación irreparable a lo que especialmente se busca proteger».